Imponen ocho años de cárcel por la violación de una joven a la salida de una discoteca

El tribunal sostiene que el condenado "esperó" a que la víctima saliera del local y, una vez fuera, "la arrastró" hasta una zona apartada para cometer la agresión

 Audiencia Provincial de Sevilla | EP
Audiencia Provincial de Sevilla | EP

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla ha dictado una condena de ocho años de prisión contra un acusado por un delito de violación. La resolución considera probado que el hombre actuó tras "aprovechar" el estado de "semiinconsciencia" de una joven debido a la ingesta de alcohol y, después, agredirla sexualmente en las inmediaciones de una discoteca de la ciudad.

El tribunal sostiene que el condenado "esperó" a que la víctima saliera del local y, una vez fuera, "la arrastró" hasta una zona apartada para cometer la agresión. Además de la pena de cárcel, la sentencia fija una indemnización total de 6.600 euros en concepto de responsabilidad civil.

El fallo, consultado por Europa Press, sitúa los hechos en el pasado mes de febrero. El acusado permanece privado de libertad desde marzo del presente año, al encontrarse, según el propio texto judicial, "el procesado se encuentra en prisión provisional por los hechos".

  1. Sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla
  2. Relato de los hechos según la sentencia
  3. Asistencia, lesiones y compensación económica

Sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado al acusado por un delito de violación a ocho años de prisión. La resolución judicial concluye que la agresión se produjo cuando la víctima presentaba un estado de "semiinconsciencia" asociado al consumo de alcohol.

Junto a la pena principal, el tribunal impone al condenado una sanción adicional por un delito leve de lesiones: un mes-multa con una cuota diaria de tres euros. En materia de responsabilidad civil, la cuantía global fijada asciende a 6.600 euros.

Relato de los hechos según la sentencia

De acuerdo con la sentencia, consultada por Europa Press, los hechos se remontan al mes de febrero. El escrito recoge que el acusado "fue expulsado de una discoteca por el personal del local, se quedó a la espera de que la víctima saliese del establecimiento".

El tribunal describe a continuación el momento en que la joven salió del local: "una vez que la misma abandonó la discoteca, el procesado, guiado por un ánimo libidoso y valiéndose del estado de semiincosciencia en que se encontraba la víctima por el consumo excesivo de alcohol que hacía que no pudiera mantenerse en pie erguida, la agarró con violencia y la llevó hasta una calle que no tiene salida y es poco transitada".

En ese punto, la resolución detalla lo ocurrido en el lugar apartado. Según el texto, el acusado la "desnudó y comenzó a manejarla a su antojo, con gran agresividad, agarrándola de los pies y arrastrándola por el suelo".

La sentencia añade que se realizaron actos de índole sexual sobre la víctima "aprovechando el estado de semmiinconsciencia". La intervención de terceros puso fin a la agresión en plena vía pública.

Asistencia, lesiones y compensación económica

La resolución señala que el episodio terminó tras la llegada de varias personas a la zona: "La brutal agresión del procesado terminó por la intervención de tres testigos que llegaron al lugar de los hechos buscando aparcamiento y que, al observar a la escena, acudieron de forma inmediata a auxiliar a la víctima, dando aviso a la Policía y al 112".

Tras el aviso, el escrito explica la atención sanitaria recibida: "la víctima fue trasladada en ambulancia hasta el hospital Virgen Macarena, donde se la derivó al área de ginecología".

En cuanto a las lesiones, el tribunal indica que "la víctima sufrió lesiones consistentes en hematomas en cara, erosiones y hematomas en codos y rodillas para las que precisó de medidas asistenciales practicadas con finalidad sistemática". Estos daños sustentan la condena por el delito leve de lesiones y la parte correspondiente de la indemnización.

La responsabilidad civil queda distribuida en dos conceptos: 600 euros por las lesiones causadas y 6.000 euros por daños morales, hasta sumar 6.600 euros. Además, la sentencia recuerda que "el procesado se encuentra en prisión provisional por los hechos" desde marzo del presente año.