El Ayuntamiento será quien autorice las obras en entornos BIC del centro de Sevilla
La Consejería de Cultura y Deporte ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA número 99, de 26 de mayo de 2026) una orden que delega en el Ayuntamiento de Sevilla la competencia para autorizar obras y actuaciones en los entornos de monumentos declarados Bien de Interés Cultural (BIC) en sectores específicos del Conjunto Histórico de la ciudad. Esta medida responde a la petición del Consistorio hispalense para optimizar la gestión urbanística y patrimonial.
La decisión llega tras la aprobación el pasado 16 de abril en el Pleno municipal de la Modificación de determinados Planes Especiales y Catálogos de Protección del Conjunto Histórico de Sevilla. Su propósito es mejorar la eficiencia en los trámites administrativos, eliminar duplicidades y acelerar la gestión en zonas de especial protección patrimonial, favoreciendo así una mejor conservación y dinamización del patrimonio.
Antes de esta orden, el Ayuntamiento de Sevilla ya contaba con la delegación para conceder licencias de obras en los entornos de BIC en sectores del Conjunto Histórico cuyos Planes Especiales de Protección fueron aprobados tras la entrada en vigor de la Ley 14/2007, del Patrimonio Histórico de Andalucía. La novedad ahora es que se amplía esta competencia a aquellos sectores cuya aprobación de planes especiales se realizó con anterioridad a esta ley.
Ampliación de sectores y competencias delegadas
La ampliación afecta a los siguientes sectores del Conjunto Histórico:
- San Gil-Alameda
- San Luis
- Santa Paula-Santa Lucía
- San Bartolomé
- San Lorenzo-San Vicente
- Los Humeros
- Macarena
- San Bernardo
- Arenal
- Plaza de Armas
- Triana
- San Julián-Cruz Roja
- La Trinidad
- San Roque-La Florida
- Prado de San Sebastián
- Porvenir
- La Palmera
- Histórico (sectores 27.2 y 27.3 "Puerto")
Con esta ampliación, el Ayuntamiento podrá autorizar, a través de la Comisión Local de Patrimonio, las intervenciones en los entornos de monumentos declarados Bien de Interés Cultural correspondientes a estos sectores. La única excepción se refiere a las actuaciones que impliquen demolición parcial o total que afecte a inmuebles reconocidos dentro del entorno BIC.
Procedimientos y comunicación con la Delegación Territorial
Tras la autorización de las obras o intervenciones, el Ayuntamiento de Sevilla tendrá la obligación de comunicar a la Delegación Territorial las licencias otorgadas en un plazo máximo de diez días desde el día de su concesión. Esta comunicación asegura la transparencia y control por parte de la administración autonómica.
Asimismo, cualquier cambio en la composición de la Comisión Local de Patrimonio deberá ser autorizado por la persona titular de la Delegación Territorial competente en patrimonio histórico, garantizando así un adecuado control institucional sobre el órgano encargado del análisis y aprobación de las actuaciones.